Compara el ingreso que quieres conservar con la pensión que estimas recibir y descubre cuánto patrimonio necesitas construir para cubrir la diferencia.
Brecha · estrategia · beneficio fiscal
1 Ponle números a tu retiro
Hazte esta pregunta:¿Cuánto capital tendrá que trabajar por ti cuando tú dejes de trabajar?
$MXN / mes
En pesos de hoy.
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Si todavía no tienes una estimación, coloca una cifra conservadora.
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Opcional · calcula también tu beneficio fiscal aproximado
$MXN / año
El cálculo fiscal es ilustrativo para personas físicas a quienes les resulten aplicables deducciones personales. No contempla RESICO ni situaciones fiscales especiales.
Esta es la brecha que hoy no ves
Tu brecha mensual
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Capital objetivo estimado
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Patrimonio de referencia para cubrir esa brecha.
Aportación mensual estimada desde hoy
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El problema no desaparece por no verlo.
Esta estimación hace visible el objetivo. Todavía debe compararse con tu AFORE, ahorro, inversiones, patrimonio, edad, régimen pensionario y tolerancia al riesgo.
$MXN / mes
Tu escenario fiscal 2026
Estimación simplificada bajo el artículo 151, fracción V de la LISR.
Aportación anual estimada—
Tope fiscal Art. 151-V—
Monto potencialmente deducible—
Ahorro de ISR estimado—
Para 2026, el límite de la deducción del PPR es el menor entre 10% del ingreso acumulable anual y 5 UMA anuales.
Los recursos del PPR del artículo 151-V están destinados al retiro; el retiro anticipado puede generar ingreso acumulable.
El tratamiento al retirar recursos después de cumplir permanencia varía si el retiro es único o periódico y puede interactuar con otras pensiones.
Ya viste el problema. Ahora falta conocer tu escenario real.
Tu AFORE, tus ahorros, tu régimen y otros ingresos pueden reducir —o ampliar— esta diferencia.
La solución empieza cuando el problema tiene números.
En una sesión personalizada integramos tu situación y revisamos qué ruta puede ser viable para ti.
Mi Vida Tranquila
César Hernández · Agente CNSF · Cédula C394770
Disclaimer financiero y fiscal. Esta herramienta es exclusivamente informativa y educativa. No constituye asesoría fiscal, legal, contable, actuarial o de inversión; tampoco es una oferta, cotización, recomendación personalizada ni garantía de rendimientos, pensión, ahorro fiscal o resultado futuro. Los cálculos de retiro utilizan supuestos internos de rendimiento real y una referencia de renta vitalicia privada revaluable, por lo que el resultado puede variar por edad, modalidad, costos, comisiones, inflación, rendimientos, condiciones de mercado y características del producto contratado.
El módulo fiscal es una simulación simplificada para el ejercicio 2026. Para estimar el posible efecto del artículo 151, fracción V de la LISR, supone que el ingreso capturado puede utilizarse como base aproximada y no considera otras deducciones, ingresos exentos, retenciones, subsidios, saldos a favor, pérdidas, regímenes especiales ni particularidades del contribuyente. La procedencia de una deducción depende, entre otros factores, del régimen fiscal, documentación, medios de pago, institución autorizada, requisitos de permanencia y disposiciones vigentes. En particular, el resultado no debe utilizarse como declaración o cálculo definitivo de ISR. Consulta a un contador o asesor fiscal para validar tu caso.
Base fiscal de referencia: LISR art. 151-V · RMF 2026 · UMA 2026 INEGI.